Boletín de Prensa. Paridad Chihuahua

El grupo Promotor de los Derechos políticos de las Ciudadanas  desde noviembre  del 2007 se dio a la tarea de formular una propuesta que impulsara la Paridad Electoral en todos los puestos de elección popular, la cual consiste

·      Presidencia Municipal.- Obligación a postular al 50% mujeres y 50% hombres, atendiendo a los grupos del Código Municipal. 

·      Regidurías.- El primer lugar de la lista de regidurías, corresponderá al sexo opuesto del candidato a la presidencia municipal, continuando la alternancia de sexo en el registro de propietarios de la lista. En suplencias deberá guardar la misma proporción y la alternancia.

·      Sindicaturas.- Obligación de registrar el 50% de candidatas propietarias mujeres y 50% así mismo en las suplencias

·     Diputaciones por Mayoría Relativa.- Obligación de registrar el 50% de candidatas propietarias mujeres y 50% candidatos hombres, así mismo en las suplencias. 

·      Diputaciones por Representación Proporcional.- Obligación de registrar mediante listas de seis formulas, el 50% de candidatas propietarias mujeres y 50% candidatos hombres, debiendo alternar por  sexo el lugar de la lista para candidatos propietarios, lo mismo para las suplencias.

·      Lenguaje incluyente en la Ley Electoral

·      Cambio de la palabra Género por Sexo

·      Paridad en la integración del Instituto Estatal Electoral, tanto en la composición del Consejo  como en su estructura ocupacional

·      Sanciones ante el incumplimiento de las propuestas mencionadas  

En todas las candidaturas se propuso que las personas suplentes fueran del mismo sexo que las propietarias, para evitar las sustituciones de mujeres por hombres.

Ante la resistencia de los diferentes actores políticos, el GPDPC se flexibilizo y modifico sus propuestas:

·     Presidencias Municipales.- Se plantea la progresividad como opción para alcanzar la paridad a largo plazo; 2013, 60-40 y 2016, 50-50  y no será a través de los grupos establecidos en el Código Municipal.             

·     Regidurías.- Se elimina la alternancia por sexo en las listas correspondientes a las  suplencias.

·      Diputaciones por Mayoría Relativa.- Se elimina la alternancia por sexo en las listas correspondientes a las  suplencias.

·      Diputaciones por Representación Proporcional.-  Se elimina la alternancia por sexo en las listas correspondientes a las  suplencias.

·      Se acordó aplazar el lenguaje incluyente en virtud de que en el próximo período ordinario de sesiones del Congreso se realizará una reforma integral a la Ley Electoral.

·      Se eliminaron algunas sanciones.

 

Hoy 25 de Junio del 2009, después de un proceso de acercamiento  ante diversos actores  se logro que las Comisiones Unidas Primera de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Equidad de Género y Familia, sometieran a  consideración del pleno del Congreso del Estado  el dictamen relativo a las iniciativas presentadas en el 2008 en los siguientes términos:

·       Regidurías.- El primer lugar de la lista de regidurías, corresponderá al sexo opuesto del candidato a la presidencia municipal, continuando la alternancia de sexo en el registro de propietarios de la lista. En suplencias deberá guardar la misma proporción, sin ser obligatoria la alternancia

·      Diputaciones por Mayoría Relativa.- Obligación de registrar el 50% de candidatas propietarias mujeres y 50% candidatos hombres, así mismo en las suplencias, sin ser obligatoria la alternancia.  Se establece la excepción de esta disposición las candidaturas que sean resultado de un proceso de elección democrático, conforme a los estatutos de cada partido. Cuando se presente la subrepresentación de un sexo, se obliga a ubicarlo en la lista de RP en el primer lugar.

·       Diputaciones por Representación Proporcional.- Obligación de registrar mediante listas de seis formulas, el 50% de candidatas propietarias mujeres y 50% candidatos hombres, debiendo alternar por  sexo el lugar de la lista para candidatos propietarios. En las suplencias se deberá guardar la misma proporción, pero no aplica la alternancia.

·      Cambio de la palabra Género por Sexo.

·      Sanciones se remitieron al  art 244 y se establece la  disposición de otorgar el 1er lugar al sexo sub representado en las diputaciones

El GPDPC reconoce el logro y asume que la coyuntura no permitió mas avance, por ello hemos solicitado que se acuerde iniciar el análisis y se dictaminen las reformas a la Constitución del Estado con la expectativa de transitar hacia la construcción de una sociedad que garantice los derechos de las mujeres de manera  congruente e integral y con ello aportar  a tener una democracia representativa e incluyente para el Estado de Chihuahua.     

Ciudad de Chihuahua, 25 de Junio de 2009